06-09-2010
  

normativa7El Consejo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNC) considera que no se ha podido probar la existencia de un pacto, cuando modificaron en 2007 sus tarifas para móviles en contestación a la legislación aprobada que prohibió el redondeo, entre las principales compañías de telefonía como Movistar, una de las primeras operadoras de telefonía celular en América Latina y filial del gigante de telecomunicaciones español Telefónica,  Vodafone España, filial del Grupo Vodafone, compañía con sede en Newbury (Berkshire, Reino Unido), líder mundial de móviles con presencia en 26 países que proporciona un abanico completo de servicios de telecomunicaciones móviles, y Orange, empresa de telecomunicaciones y filial de France Telecom, un a de las principales compañía de telecomunicaciones europeas con sede en Paris (Francia).

El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia emitió una resolución en la que indica que no hay datos suficientes para concluir que las operadoras anunciasen sus tarifas con una antelación y unos procedimientos que no se corresponden con la legislación y por tanto no existe ningún tipo de violación de la artículo 1 de la Ley 16/1989

Movistar, Vodafone y Orange, después de la entrada en vigor a finales de 2006 de la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios, han modificado su forma de tarifar y cambiaron de inicialmente tarifar por por minutos a tarifar por segundos ofreciendo diversas ofertas. Movistar, Vodafone y Orange incrementaron, desde los 12 a los 15 céntimos de euro, el coste de establecimiento de llamada.

Diversas asociaciones de consumidores han denunciado su disconformidad con la resolución emitida por Consejo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNC). Estas asociaciones consideran que que las principales empresas de telefonía móvil coinciden en sus tarifas de SMS y de establecimiento de llamadas, 15 céntimos en ambos casos.

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